Ayuda para la contratación indefinida
Son subvencionables
∙ La contratación inicial indefinida de trabajadores que hayan permanecido inscritos en la oficina de empleo, al menos tres meses de forma ininterrumpida en las oficinas de empleo de Castilla- La Mancha.
∙ La transformación de contratos de duración determinada, los contratos en prácticas y de relevo.
∙ Serán subvencionados los contratos que se realicen desde la entrada en vigor de esta orden hasta el 30 de Noviembre de 2014.
Beneficiarios
Personas físicas o jurídicas, las sociedades laborales o cooperativas, las comunidades de bienes, sociedades civiles y entidades sin ánimo de lucro.
Obligaciones de los beneficiarios
Mantener el puesto de trabajo subvencionado por un periodo mínimo de 36 meses, y el número de contratos indefinidos en el centro de trabajo en la fecha del contrato, por un periodo mínimo de 18 meses.
Cuantía de la subvención
∙ Por cada contratación inicial indefinida o transformación del contrato de duración determinada, de prácticas o de relevo, en contrato por tiempo indefinido: 5.300 euros.
∙ Esta cuantía se incrementará en 700 euros, cuando el trabajador pertenezca a alguno de estos colectivos:
a) Desempleados que hayan extinguido por agotamiento su prestación y/o subsidio por desempleo.
b) Mujeres que tengan acreditada la condición de víctimas de violencia de género.
c) Que la contratación suponga la primera por tiempo indefinido que realiza un trabajador autónomo.
d) La cuantía se incrementara en 1.000 euros, cuando las entidades incluyan contrataciones pertenecientes al ámbito de sectores inmersos en el nuevo modelo de economía productiva.
ORDEN DE 04/06/2014, DE LA CONSEJERIA DE EMPLEO Y ECONOMIA.