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Grupo Murcia – Asesoría y Gestoría Empresarial

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Reforma en abril de 2025 del artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores

  • 30 abril, 2025
  • Grupo Murcia
  • Sin categoría
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¿Qué puedo reclamar si mi empresa no me paga el salario?

En Grupo Murcia Asesoría Empresarial recibimos a menudo consultas de trabajadores (y también de empresas) relacionadas con los impagos de nómina. Es una situación delicada, tanto desde el punto de vista legal como humano, pero es importante saber que la ley protege al trabajador en estos casos.

¿Qué se considera impago de salario?

Se entiende por impago cualquier retraso injustificado o la falta de abono total o parcial del salario en los plazos establecidos. Es decir, si una empresa no paga el sueldo el día acordado (normalmente a final de mes o los primeros días del siguiente), ya se considera una infracción.

¿Qué opciones tiene el trabajador?

  1. Reclamar judicialmente las cantidades debidas.
    • Se puede presentar una papeleta de conciliación en el plazo de un año desde que se debió cobrar el salario.
    • Si no hay acuerdo en conciliación, se puede interponer una demanda en el Juzgado de lo Social.
  2. Solicitar la extinción del contrato con indemnización.
    • Si el impago se prolonga o es reiterado, el trabajador puede pedir la resolución del contrato por incumplimiento del empresario, al amparo del artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores.
    • En este caso, el trabajador tendría derecho a la misma indemnización que en un despido improcedente: 33 días por año trabajado (o 45 días si hay antigüedad previa a 2012).
  3. Acudir al Fondo de Garantía Salarial (FOGASA).
    • Si la empresa entra en concurso o no puede pagar, FOGASA puede abonar parte del salario pendiente e incluso indemnizaciones, con ciertos límites.

¿Qué pasa con la empresa?

Además del daño reputacional y los conflictos legales, el impago de salarios puede acarrear sanciones de la Inspección de Trabajo y generar tensiones internas que afecten seriamente al clima laboral y a la productividad.


Consejos desde nuestra asesoría

  • Para trabajadores: No dejes pasar el tiempo. El plazo para reclamar es de un año. Guarda nóminas, correos, justificantes… todo suma como prueba.
  • Para empresas: Si estás atravesando tensiones de tesorería, busca asesoramiento cuanto antes. Hay formas legales de reorganizar pagos, negociar con trabajadores o plantear medidas temporales (como ERTEs) antes de llegar al impago.

En Grupo Murcia Asesoría Empresarial, S.L. ayudamos tanto a trabajadores como a empresas a encontrar soluciones con criterio legal y sentido común. Porque los problemas se resuelven mejor cuando se afrontan a tiempo.

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